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El Gobierno aprueba un Real Decreto Ley que extiende el plazo para la presentación e ingreso a empresas y autónomos de  todas las declaraciones de impuestos de abril.

Se ha publicado en el BOE el RDL 14/2020.

Por medio de este Real Decreto se dispone que el pazo de presentación de todas las obligaciones tributarias de declaración y autoliquidación, que se produzcan desde la entrada en vigor de la ley, esto es 14 de abril hasta el 20 de mayo de 2020, se extiende en todos sus efectos hasta dicho plazo, quiere ello decir, que el plazo de declaración e ingreso del próximo 20 de abril se extiende hasta el 20 de mayo, no se altera la naturaleza trimestral del mismo, desde el 1 de enero hasta el 31 de marzo, pero si su plazo de declaración, pudiéndose hacer la misma desde este momento hasta dicho 20 de mayo.

El pago igualmente se producirá el referido día 20 de mayo.

No es una extensión voluntaria, es obligatoria para todo su sujeto, con un límite. Queda excluidos de esta medida aquellos sujetos pasivos cuyo volumen de operaciones en el ejercicio 2019 supere los 600.000€  

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